PLAN DE IGUALDAD EMPRESARIAL

En los últimos años, la lucha por la igualdad de género y la equidad en el ámbito laboral ha ganado una gran relevancia. Mediante el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, se reguló la obligatoriedad de los planes de igualdad y su registro para empresas con más de 50 trabajadores. La entrada en vigor de este reglamento se produjo en enero de 2021 y todos los planes ya vigentes debían adaptarse en un plazo máximo de 12 meses al contenido del Real Decreto. En este 2023 se han incorporado novedades importantes que acentúan la necesidad de las empresas de adaptarse a la normativa laboral vigente.

Compromiso con la sociedad

El principio de igualdad de encuentra reconocido tanto a nivel internacional como en nuestra propia legislación estatal.

En concreto, el articulo 14 de la Constitución Española programa el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de nacimiento, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Asimismo, la Ley Orgánica 3/2007. De 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tiene como objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, que obliga a las empresas a implantar medidas que eviten situación de discriminación laboral.

Y más recientemente, el Real Decreto-Ley 6/2019 de 1 de marzo, así como los Reales Decreto-Ley 901 y 902/2020, ambos, de 13 de octubre, que aumentan el nivel de exigencia legal, ampliando el ámbito de aplicación en función del número de personas trabajadoras que conforman la empresa, a la vez que incorpora criterios de negociación y obligatoriedad de registro y depósito de planes de igualdad, así como la elaboración de auditorías retributivas para el diagnóstico del Plan de Igualdad.

Plan de Igualdad

En CEOS, GESTIÓN Y SERVICIOS, S.A.U. estamos plenamente comprometidos con este desempeño y el 7 de junio de 2023, registramos la I edición del Plan de Igualdad. Prueba de ello es la constitución de una mesa negociadora en la que CEOS y CCOO trabajan conjuntamente en la elaboración del Plan de Igualdad y un Protocolo de Acoso con un sistema de seguimiento, evaluación y revisión periódica.

Algunos objetivos estratégicos del Plan de igualdad que podemos mencionar son transmitir una imagen igualitaria en todas las facetas de la organización, evitando el fomento de los estereotipos de género que supongan un obstáculo para materializar la igualdad. Debe imperar los principios de equidad y no discriminación, garantizando en el ámbito de la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la implantación, de forma real, de un modelo de gestión libre de discriminación. Los criterios de desarrollo profesional y promoción serán exclusivamente valoraciones de aptitudes y capacidades individuales, con el fin de que no produzca ningún tipo de discriminación y la empresa ha de adoptar una postura de tolerancia cero ante cualquier tipo de discriminación, de cualquier origen o finalidad, por acción u omisión.

Más proyectos

Protocolo para la prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso sexual y acoso por razón de sexo

En paralelo a la publicación de la I edición del Plan de Igualdad, Grupo CEOS registra el 30 de marzo de 2023, el Protocolo para la prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso sexual y acoso por razón de sexo, siendo otro de los puntos importantes en la prevención del acoso y desigualdad en el entorno laboral.

La Constitución Española declara que la dignidad de la persona constituye uno de los fundamentos del orden político y de la paz social, reconociendo el derecho de toda persona a la no discriminación, a la igualdad de trato, al libre desarrollo de su personalidad y a su integridad física y moral. El Estatuto de los Trabajadores, de forma específica, contempla el derecho de los trabajadores al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual, al acoso por razón de sexo y al laboral.

Por su parte, Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 48 encomienda a “el deber de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes han sido objeto de este”

Grupo Ceos expresa su deseo de que todo el personal contratado sea tratado con dignidad, no permitiendo ni tolerando ningún tipo de conducta de acoso sexual y/o por razón de sexo, identidad de género u orientación sexual. Además, se promueve una cultura organizativa que potencie el respeto, la tolerancia y la igualdad de trato.

Dentro de este completo plan de Igualdad de empresa, en Grupo CEOS las mujeres desempeñan cargos de liderazgo en puestos estratégicos dentro de la empresa. La ausencia de mujeres profesionales del sector es el principal hándicap al que se enfrenta la organización en un sector altamente masculinizado. No obstante, la organización cuida los potenciales efectos de la segregación vertical y horizontal posicionando, estratégicamente desde el punto de igualdad, a mujeres en puestos clave de la operativa diaria como ocurre en algunos puestos de producción y jefatura de obra.

Desde Grupo CEOS, creemos que una buena política de Igualdad en las empresas, sean grandes o pequeñas, ayuda o fomentar una cultura innovadora, mejora la imagen corporativa a nivel interno y como consecuencia su imagen dentro del sector, aumenta la confianza y seguridad de sus trabajadores y potencia el sentimiento de pertenencia y productividad de todo el equipo humano que la forma.